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PRINCIPIOS

1. Principio de la Libertad

Libertad de afiliación y retiro de sus miembros.

2. Principio de igualdad y respeto

Igualdad de derechos, obligaciones y respeto.

3. Principio de democracia

Participación democrática en las deliberaciones y decisiones, ausencias de cualquier discriminación, en especial por razones políticas, religiosas, sociales o de raza.

4. Principio de la autonomía

Autonomía para participar en la Planeación, decisión, fiscalización y control de la gestión pública y en los asuntos internos de la organización comunitaria conforme a sus estatutos y reglamentos.

5. Principio de la prevalencia del interés común

Frente al interés particular.

6. Principio de la buena fe

Las actuaciones de los comunales deben ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten.

7. Principio de la solidaridad

En los organismos de acción comunal se aplicará siempre, individual y colectivamente el concepto de la ayuda mutua como fundamento de la solidaridad.

8. Principio de la capacitación

Los organismos de acción comunal tienen como eje orientador de sus actividades la capacitación y formación integral de sus directivos, dignatarios, voceros, representantes, afiliados y beneficiarios, especialmente en temas que inviten a la acción participativa como ciudadano.

9. Principio de la participación

La información, consulta, decisión, gestión, ejecución, seguimiento y evaluación de sus actos internos constituyen el principio de la participación que prevalece para sus afiliados y beneficiarios de los organismos de acción comunal. Los organismos de acción comunal podrán participar en los procesos de elecciones populares, comunitarias y ciudadanas.

10. Principio de la organización

El respeto, acatamiento y fortalecimiento de la estructura de acción comunal, construidas desde las juntas de acción comunal, rige los destinos de la acción comunal en Colombia.

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